ARCHIVAN PROYECTOS DE LEY QUE BUSCABAN REFORMAR LA LEY 675 DE 2001
Por: Abogada NORA PABÓN GÓMEZ
Directora del Portal InmobiliarioAlDia.com
Según se confirma en la Página web de la Cámara de Representantes, los Proyectos de Ley 397/2024C y 632/2025C que buscaban modificar el régimen de propiedad horizontal contenido en la Ley 675 de 2001 y que se encontraban en trámite de Comisión ante la Cámara de Representantes, fueron archivados al finalizar la presente legislatura.
El archivo de estos Proyectos de Ley se suma a anteriores intentos de modificación a la Ley 675 de 2001 de años anteriores que tampoco prosperaron en su curso legislativo.
Lo anterior significa que la Ley 675 de 2001, se mantiene sólida y firme y que después de un año y medio de desgaste y utilización injustificada e inútil de recursos públicos y privados, no se avanzó lo suficiente para reformarla.
Esto se presagiaba por muchas razones que lo impidieron, entre estas, las inconsistencias y los vicios de forma y de fondo que se encontraron desde que se conoció su contenido.
En este mismo espacio del Portal InmobiliarioAlDia.com anotaba en mi blog del 14 de junio del año pasado cuando el 12 de junio de 2024, fue aprobado en primer debate el Proyecto de Ley 397/2024 C por la Comisión Primera Constitucional de la Cámara de Representantes y pasaba a segundo debate en la Plenaria:
“Sigo sumándome a la posición de quienes consideramos que a este Proyecto le falta todavía mucho y que no ha sido estudiado lo suficiente. Si no se modifica sustancialmente, se suprimen muchos artículos innecesarios que pueden estar en los reglamentos y se rescatan únicamente los que faciliten las labores de los órganos de administración y beneficien a las copropiedades, es más prudente retirarlo y no continuar con este desgaste para todos. Además, no se nota amplia participación de ciudades y municipios (…)”.
Evidentemente ello no sucedió y se empecinaron algunos en continuar perdiendo tiempo. Se concentraron los esfuerzos de casi un año y medio, en tratar el tema de la vivienda turística que primero se pretendió permitir en todos los edificios y conjuntos sin consideración alguna. Ante el rechazo general especialmente de entidades del sector turístico y de abogados que por años hemos estudiado y trabajado en este tema, se modificó el articulado del texto inicial. Luego el que pasó a Plenaria de la Cámara eliminaba por completo y de manera drástica la posibilidad de que las copropiedades pudieran albergar este tipo de vivienda, prohibiéndola, lo cual también es extremo y va en contravía con otras normas que regulan el turismo.
De tal manera que todo quedó como estaba. Así sucederá en adelante con la aplicación de la Ley vigente que a medida que se han ido modificando y actualizando los reglamentos de propiedad horizontal también se van introduciendo previsiones referentes a normas de otras materias que han afectado a las copropiedades, teniendo en cuenta la situación real y lo que requiere solución en cada copropiedad.
Considero que en los procesos de reforma de los reglamentos existe en este momento más estabilidad jurídica porque no estamos ante la expectativa de la modificación de la Ley 675 de 2001 que a propósito cumplirá el próximo 3 de agosto sus 24 años.

