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SERÍA RETIRADO PROYECTO DE LEY QUE REFORMA LA LEY 675 DE 2001

SERÍA RETIRADO PROYECTO DE LEY QUE REFORMA LA LEY 675 DE 2001

Por: Abogada Nora Pabón Gómez

        Directora del Portal InmobiliarioAlDia.com

El 20 de febrero de 2024, se conoció la solicitud de Ponentes y Coordinadores Ponentes   al presidente de la Cámara de Representantes, para que se someta a votación el retiro de la Ponencia y del Proyecto de Ley 205 de 2022 Cámara acumulado con el Proyecto de Ley 282 de 2022 Cámara, mediante el cual se reforma la Ley 675 de 2001 Régimen de Propiedad Horizontal en Colombia. 

El Proyecto radicado tan pronto fue archivado el anterior Proyecto de Reforma, alcanzó a ser aprobado en primer debate y presentado para segundo debate en la Cámara. 

En varias ocasiones y escenarios me he sumado al clamor de otros abogados, así como de administradores, propietarios, entidades públicas y privadas y gremios para pedir el archivo o el retiro de este Proyecto acumulado, no sólo en razón del desgaste innecesario de los legisladores con todos los efectos que ello genera, sino de los interesados ya citados que participamos activamente y sin resultado positivo en el trámite del Proyecto de Ley 301/20 Cámara 511/2021 Senado. 

Adicionalmente advertí del avance silencioso pero peligroso del Proyecto en el Congreso por la menor participación ciudadana, y expuse mis argumentos para defender una vez más la estructura de la Ley 675 de 2001, que ha pasado las pruebas por demandas de algunos de sus artículos ante la Corte Constitucional que más bien la ha fortalecido, porque previsiones que no eran tan claras ya se pueden aplicar tranquilamente ante estos pronunciamientos judiciales. 

He considerado y así lo he manifestado en este Portal, en el Periódico El Tiempo y otros medios, cuando se radicaron de manera separada los dos Proyectos  y en 2023 cuando el Proyecto acumulado se presentó a Segundo Debate de Cámara , que no existe  justificación suficiente, ni necesidad de modificar la Ley 675 de 2001 , cuando no hay aportes significativos en el  Proyecto de Reforma y muchas de sus aparentes novedades bien pueden ser reguladas en los reglamentos de propiedad horizontal o en los manuales de convivencia y otros son realmente de materias que se regulan en otras leyes especiales. Un ejemplo de ello es lo referente a las normas de turismo. 

Si algo ha preocupado a los propietarios y administradores de los Proyectos de Ley que han intentado reformar el actual Régimen  de Propiedad Horizontal, es la posibilidad de que se permita la vivienda turística en todos los edificios y conjuntos, si no lo prohíben los reglamentos de propiedad horizontal , cuando en la actualidad este uso que debe ser permitido por las normas urbanísticas, sólo se admite en inmuebles nuevos que así lo han previsto desde un comienzo en sus reglamentos o en copropiedades que después de la aprobación en asamblea lo han incluido en la reforma de sus reglamentos.

Es verdad que la Ley actual se ha visto afectada con otras normas, pero esto se está teniendo en cuenta en los reglamentos nuevos y en las reformas a los antiguos pues cada materia se sujeta a su legislación correspondiente. 

En cambio, se están desperdiciando recursos y tiempo innecesarios cuando los estudios y proyectos se deberían dirigir a otros frentes que si lo requieren y que lo advertimos desde la preparación de los proyectos que precedieron a la Ley 675 como es la creación de una superintendencia u otra entidad para la vigilancia y control de las copropiedades, todo lo relacionado con el ejercicio de la función de los administradores facilitándoles sus difíciles labores. 

En síntesis, sin desconocer el trabajo de quienes han promovido y participado en la preparación y trámite de este Proyecto y que por cualquier motivo ahora piden su retiro antes de que sea archivado, esperamos que, para bien de la mayoría de los propietarios y usuarios, se acceda pronto a la solicitud de retiro del Proyecto y culmine así el trámite.

admin@inmobiliarioaldia.com

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